El uso simultáneo de estos comprobantes no obliga al contribuyente a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales. Una persona moral no obligada a dictaminar sus estados financieros, durante octubre de 2010 optó por emitir comprobantes fiscales digitales (CFD), pero como contaba con un stock de facturas impresas en lugares autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), decidió utilizar ambos tipos simultáneamente. El auditor interno de la compañía refiere que existe la obligación de dictaminarse, ¿es correcto?
No existe fundamento legal alguno que obligue a dictaminar estados financieros por el uso simultáneo indicado, pues tal deber no se prevé en los supuestos de obligatoriedad del dictamen fiscal en términos del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación. (...)"
Uso de CFD e impresos.pdf